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NO OLVIDEN 1 TESALONICENSES 5:21 EXAMINADLO TODO; RETENED LO BUENO.

viernes, 17 de agosto de 2012

El veneno aspartamo aprobado por el Codex en millones de productos





El aspartamo fue descubierto en 1965 por James M. Schlatter un químico que trabajaba para la empresa Searle. Sintetizó por azar el aspartamo mientras producía un fármaco antiúlceras y descubrió   que su poder edulcorante era extraordinario, muchas veces superior al azúcar.
En una circular comercial confidencial que data de 1970, en la que se detalla su estrategia de introducción en el mercado, la empresa Searle admite claramente que el aspartamo no puede ser usado para todo.
En dicha circular comercial secreta dice el directivo de Searle:
“Creo que es vital subrayar a la gente de la FDA en esta reunión que el edulcorante NO ES APTO PARA TODAS LAS APLICACIONES DE EDULCORANTES ARTIFICIALES  QUE, COMO MUCHO, SERIA FUNCIONAL EN PARTE PARA EL MERCADO QUE ACTUALMENTE TIENEN EL CICLAMATO Y LA SACARINA”.

También la FDA menciona este hecho en un informe donde detalle además todas las irregularidades en el informe científico sobre el aspartamo realizado por Searle sobre sus resultados con ratas de laboratorio.
Sin embargo, finalmente Searle, con el inestimable apoyo de  quien fuera su directivo, D. Rumsfield, obtuvo su aprobación para toda finalidad edulcorante, hasta el punto de que hoy en día ¡puedes encontrar cajas de aspartamo para usar sin límite alguno en cualquier supermercado como si se tratara de azúcar!. Esto es algo absolutamente alucinante.

Foto de un supermercado de Madrid tomada en 2009.
En 1996 el Dr. David Kessler garantizó un cheque en blanco y aprobación para que el aspartamo pudiera ser usado en todo producto, de modo que ahora también está presente, incluso, en productos farmaceúticos y algunos tipos de vitaminas.
Es muy evidente que en Estados Unidos, donde la controversia sobre el aspartamo es bastante mayor que en Europa, han estado durante años ocultando las cifras de reclamaciones de afectados por el aspartamo. En 1985 se admitió en el Congreso de Estados Unidos que la FDA había recibido tantas reclamaciones por efectos netativos derivados del aspartamo que estaban enviando, para gestionar el asunto,  a los afectados ¡a la línea Hotline para el SIDA!.
El aspartamo está compuesto por los siguientes químicos: metanol (alcohol de madera), ácido aspártico y fenilalanina. El aspartamo rápidamente se descompone en sus elementos y esta descomposición se acelera por efecto del calor. El metanol se descompone en formaldehído y ácido fórmico (veneno del aguijón de la hormiga).
En 1983, información de que la fenilalanina estaba presente, se colocaba en algunas etiquetas de productos que contienen aspartamo (individuos que padecen de fenilcetonuría deben saber que existe aspartamo en un producto). Actualmente, esas advertencias han desaparecido de la mayor parte de los productos.
La estrategia de la empresa y sus aliados a lo largo de los años para conseguir lo que ahora parece algo intolerable está bien explicada en este site en castellano.
Un informe de valoración de Bebidas No alcohólicas Nacional de USA dirigía una protesta de 33 páginas sobre el aspartamo por el hecho de que la estructura del aspartamo se descomponía en la mezcla, lo que violaba las leyes de adulteración y, por lo tanto, las leyes comerciales interestatales americanas. Nada salió de aquella advertencia importante.
Hay cientos de documentos, estudios y libros que documentan y prueban, más allá de cualquier duda razonable, que el aspartamo es puro veneno y que produce un rápido deterioro neuronal que puede llevar en tiempo muy escaso a la ceguera y al desarrollo de tumores, además de un rosario interminable de enfermedades degenerativas.
Un estudio de 1998 de la Universidad de Barcelona, conocido como Trocho, prueba que el metanol se descompone en formaldehído dentro del cuerpo y que además se fija en el tejido del cerebro, los ojos y tejidos
http://www.presidiotex.com/barcelona.
http://presidiotex.com/asparspan
(Por alguna razón, estas direcciones no están funcionando. Me pregunto si será debido a algún tipo de presión recibida por estas organizaciones, o simplemente, porque están ahora en otra localización en la red).
El Grupo de Apoyo a las Víctimas del Aspartamo (USA) trabaja activamente por difundir esta información y apoyar a las víctimas y, aunque en el momento de redactar este artículo,  su  página oficial tampoco está  activa, ésta parece su dirección en la red. Hay además una página con el listado de recursos en Estados Unidos sobre el aspartamo, sus peligros y organizaciones implicadas en esta barbaridad.
Pero, por si fuéramos pocos, parió la abuela en forma de normativa global para el uso de aditivos y tratamientos de alimentos; me refiero al Codex Alimentarius, una iniciativa de la Comisión del Codex Alimentarius creada en 1963 por la FAO y la OMS para regular todo cuanto nos llevamos a la boca. La formulación de todas estas normativas, leyes y estándares se redacta y aprueba de la forma más oscura y anti-democrática que uno se pueda llegar a imaginar.
El Codex ha sido ya aprobado para Europa y Obama lo firmó en Junio del 2010.
Esta página de la Fundación Rath ayuda a hacerse una idea de las implicaciones del Codex para todos los miembros de la Organización Mundial de Comercio para quienes las normas del Codex son de obligado cumplimiento.
Aquí un vídeo donde habla Ian Crane sobre todo ello.

Bien, pues volviendo al aspartamo, aquí os dejo una lista de alimentos para los que ha sido aprobado el uso de aspartamo según el Codex Alimentarius. Esta información puede encontrarse  en el sitio web de Codex en el capítulo de “Lista de Stándares oficiales actuales para aditivos”.
Enlace al documento pdf de estándares de aditivos en inglés: (comienza en la página 74)
Esta es la versión vigente para los estándares de aditivos en castellano (comienza el capítulo relativo al aspartamo en la página 80)
Aspartamo.
Nombra, uno por uno, los aditivos de los alimentos y la cantidad que  puede ser añadida a un producto que puede ser queso, pan, vegetales, frutas, pescado, café, cerveza, vegetales, …además de las cantidades máximas a emplear…
Parece innecesario señalar que no existen cantidades máximas de seguridad para un VENENO pues sus efectos son acumulables a corto y medio plazo por lo que sencillamente el producto debe ser prohibido.
ASPARTAMO
SIN 951 Aspartamo
Clases Funcionales: Acentuadores del sabor, Edulcorantes
No. Cat. alim Categoría de alimento/ Dosis máxima/ Notas/ Año Adoptada
01.1.2 Bebidas lácteas, aromatizadas y/o fermentadas (p. ej.,
leche con chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para
beber, bebidas a base de suero)
600 161 & 191 2007
01.3.2 Blanqueadores de bebidas 6000 161 & 191 2008
01.4.4 Productos análogos a la nata (crema) 1000 161 & 191 2008
01.5.2 Productos análogos a la leche y la nata (crema) en polvo 2000 161 & 191 2007
01.6.1 Queso no madurado 1000 161 & 191 2008
01.6.5 Productos análogos al queso 1000 161 & 191 2008
01.7 Postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado o con
fruta)
1000 161 & 191 2007
02.3 Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite,
incluidos los productos a base de emulsiones grasas
mezclados y/o aromatizados
1000 161 & 191 2008
02.4 Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de
la categoría de alimentos 01.7
1000 161 & 191 2007
03.0 Hielos comestibles, incluidos los sorbetes 1000 161 & 191 2007
04.1.2.1 Frutas congeladas 2000 161 & 191 2008
04.1.2.2 Frutas desecadas 2000 161 & 191 2008
04.1.2.3 Frutas en vinagre, aceite o salmuera 300 144 & 191 2007
04.1.2.4 Frutas en conserva, enlatadas o en frascos (pasteurizadas) 1000 161 & 191 2007
04.1.2.5 Confituras, jaleas, mermeladas 1000 161 & 191 2007
04.1.2.6 Productos para untar a base de fruta (p. ej., el “chutney”),
excluidos los productos de la categoría de alimentos
04.1.2.5
1000 161 & 191 2007
04.1.2.7 Frutas confitadas 2000 161 & 191 2007
04.1.2.8 Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los
aderezos de fruta y la leche de coco
1000 161 & 191 2007
04.1.2.9 Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de
agua con aromas de fruta
1000 161 & 191 2007
04.1.2.10 Productos de fruta fermentada 1000 161 & 191 2007
04.1.2.11 Rellenos de fruta para pastelería 1000 161 & 191 2007
04.1.2.12 Frutas cocidas o fritas 1000 161 & 191 2007
04.2.2.1 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y
nueces y semillas congeladas
1000 161 & 191 2008
04.2.2.2 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y
nueces y semillas desecadas
1000 161 & 191 2008
04.2.2.3 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas en
vinagre, aceite, salmuera o salsa de soja
300 144 & 191 2007
04.2.2.4 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas en
conserva, en latas o frascos (pasteurizadas) o en bolsas de
esterilización
1000 161 & 191 2008
04.2.2.5 Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas
(incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y
semillas (p. ej., la mantequilla de maní (cacahuete))
1000 161 & 191 2008
04.2.2.6 Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y
setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (como los postres
y las salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas)
distintos de los indicados en la categoría de alimentos
04.2.2.5
1000 161 & 191 2008
04.2.2.7 Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y setas,
raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y
algas marinas fermentadas, excluidos los productos
fermentados de soja de las categorías 06.8.6, 06.8.7,
12.9.1, 12.9.2.1 y 12.9.2.3
2500 161 & 191 2008
04.2.2.8 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas
cocidas o fritas
1000 161 & 191 2008
05.1.1 Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/torta de
cacao
3000 97 & 191 2007
05.1.2 Mezclas de cacao (jarabes) 1000 161 & 191 2007
05.1.3 Productos para untar a base de cacao, incluidos los
rellenos a base de cacao
3000 161 & 191 2008
05.1.4 Productos de cacao y chocolate 3000 161 & 191 2008
05.1.5 Productos de imitación y sucedáneos del chocolate 3000 161 & 191 2008
05.2.1 Caramelos duros 3000 161 & 148 2008
05.2.2 Caramelos blandos 3000 161 & 148 2008
05.2.3 Turrón y mazapán 3000 161 & 191 2008
05.3 Goma de mascar 10000 161 & 191 2007
05.4 Decoraciones (p. ej., para productos de pastelería fina),
aderezos (que no sean de fruta) y salsas dulces
1000 161 & 191 2007
06.3 Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena 1000 161 & 191 2007
06.5 Postres a base de cereales y almidón (p. ej., pudines de
arroz, pudines de mandioca)
1000 161 & 191 2007
07.1 Pan y productos de panadería ordinaria 4000 161 & 191 2008
07.2 Productos de panadería fina (dulces, salados,
aromatizados) y mezclas
1700 165 & 191 2007
09.2 Pescado y productos pesqueros elaborados, incluidos los
moluscos, crustáceos y equinodermos
300 144 & 191 2007
09.3 Pescado y productos pesqueros semiconservados,
incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos
300 144 & 191 2007
09.4 Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos,
crustáceos y equinodermos) en conserva, con inclusión de
los enlatados y fermentados
300 144 & 191 2007
10.4 Postres a base de huevo (p. ej., flan) 1000 161 & 191 2007
11.4 Otros azúcares y jarabes (p. ej., xilosa, jarabe de arce y
aderezos de azúcar)
3000 159 & 191 2007
11.6 Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen
edulcorantes de gran intensidad
BPF 191 2007
12.2.2 Aderezos y condimentos 2000 161 & 191 2008
12.3 Vinagres 3000 161 & 191 2008
12.4 Mostazas 350 191 2007
12.5 Sopas y caldos 1200 161 & 188 2009
12.6 Salsas y productos análogos 350 191 2007
12.7 Ensaladas (p. ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
de patatas (papas)) y productos para untar en
emparedados, excluidos los productos para untar a base de
cacao y nueces de las categorías de alimentos 04.2.2.5 y
05.1.3
350 161 & 166 2007
13.3 Alimentos dietéticos para usos médicos especiales
(excluidos los productos de la categoría de alimentos 13.1)
1000 191 2007
13.4 Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del
peso
800 191 2007 begin_of_the_skype_highlighting            800 191 2007      end_of_the_skype_highlighting13.5 Alimentos dietéticos (p. ej., los complementos alimenticios
para usos dietéticos), excluidos los indicados en las
categorías de alimentos 13.1 a 13.4 y 13.6
1000 191 2007
13.6 Complementos alimenticios 5500 191 2007
14.1.3.1 Néctares de frutas 600 191 2005
14.1.3.2 Néctares de hortalizas 600 161 & 191 2007
14.1.3.3 Concentrados para néctares de frutas 600 127 & 191 2005
14.1.3.4 Concentrados para néctares de hortalizas 600 127 & 161 2007
14.1.4 Bebidas a base de agua aromatizadas, incluidas las
bebidas para deportistas, bebidas energéticas o bebidas
electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
600 161 & 191 2007
14.1.5 Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras
bebidas calientes a base de cereales y granos, excluido el
cacao
600 160 & 161 2007
14.2.7 Bebidas alcohólicas aromatizadas (p. ej., cerveza, vino y
bebidas con licor tipo bebida gaseosa, bebidas refrescantes
con bajo contenido de alcohol)
600 191 2007
15.0 Aperitivos listos para el consumo 500 191 2008

copiado de http://www.trinityatierra.com/2010/11/11/el-veneno-aspartamo-aprobado-por-el-codex-en-millones-de-productos/

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